El presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, comentó este 21 de febrero que, antes de concluir su mandato, desaparecerá el artículo 33 de la Constitución del país latinoamericano.
“Vamos a quitar antes de que me vaya el [artículo] 33 famoso, [que menciona] que, si un extranjero viene, participa en cuestiones pública, políticas o declara algo, se le aplica, es decir, se le expulsa del país«, declaró en su conferencia de prensa matutina.
En ella, recordó que esta disposición no solo está plasmada en la Carta Magna de 1917, sino en otros documentos políticos.
“Venía desde antes, de declarar [a la persona como] ‘extranjero pernicioso’. Ahora que vinieron los conservadores de España, los de Vox, yo hasta les dije que se quedaran más tiempo conviviendo aquí con sus colegas del bloque, pero no, se fueron rápido. Aquí no hay problemas en cuanto a eso”, aseguró.
Anteriormente, el mandatario mexicano se había pronunciado en contra de este apartado de la Constitución.
Una de las acciones que realizó para avanzar en la materia fue eliminar en diciembre del año pasado el estatus de «persona non grata» para quienes fueron señaladas bajo esa modalidad entre 2006 y 2018.
Los beneficiados son Kim Hyong Gil; Alfredo Bonnano; Juan Jesús Narváez Goñi; Iciar Alberdi Uranga; Valentina Cortés Torrida; Cristina Valls Hernández; Samantha Vietmar; Mario Alberto Aguirre; Valentina Palma Novo; Edgar Molina Gallego; Stephen Compton; Miguel Ángel Beltrán Villegas; Asier Altuna; Floren Aoiz; Leonilda Zurita Vargas, Manu Chao y María Sostrés.
Esto dice la Constitución mexicana
De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que data de 1917, el artículo 33 hace referencia a las personas extranjeras en México.
En él, delimita que son aquellas que no tienen nacionalidad mexicana por nacimiento o naturalización, pero que cuentan con los derechos humanos y garantías plasmados en el documento.
En este mismo apartado, hace énfasis en que estas personas extranjeras no pueden participar en los asuntos políticos del país y en su posible expulsión cuando las autoridades así lo determinen.
«El Ejecutivo de la Unión, previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención», se lee en el artículo.
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/ Imagen principal: © AFP 2023 / PEDRO PARDO