De esta forma, el oficialismo vuelve a hacerle un guiño a las FFAA, después de que, días atrás, el presidente Javier Milei expresara en el brindis de camaradería que los «gobiernos anteriores ocultaron el rol de los que dan su vida por la patria».
El Gobierno dictó este viernes un DNU, con el fin de equiparar las condiciones en las que los militares perciben los aumentos de sueldo, respecto del resto de los empleados públicos civiles. De esta manera, pretenden que las Fuerzas Armadas cobren «en tiempo y forma» las actualizaciones.
El ejecutivo realizó una modificación de la Ley 11.672 complementaria de Presupuesto, lo que ahora permitirá que las Fuerzas Armadas puedan cobrar en el mismo mes en que sean otorgados los aumentos en sus haberes. Este cambio, fue motorizado por el ministro de Defensa, Luis Petri, ante una de la demanda de la propias fuerzas.
El DNU argumenta que la situación de desfasaje terminaba «ocasionando un perjuicio directo sobre el personal no civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, al no poder recibir incrementos en sus retribuciones en condiciones homólogas a las del personal civil».
De esta forma, el oficialismo vuelve a hacerle un guiño a las FFAA, después de que, días atrás, el presidente Javier Milei expresara en el brindis de camaradería que los «gobiernos anteriores ocultaron el rol de los que dan su vida por la patria», y que iban a »reconciliar a la política con las Fuerzas Armadas».
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Este reajuste salarial, que abarca todos los niveles jerárquicos del personal militar y de la Policía de Establecimientos Navales, fue oficializado a través de la Resolución 46, publicada en el Boletín Oficial. En el texto oficial, se detallan los nuevos montos salariales, acompañados por la grilla de sueldos correspondientes a cada categoría de trabajador.
En su artículo 1, la normativa establece: «Fíjase el haber mensual» del personal militar de las Fuerzas Armadas, conforme a los importes y a partir de la fecha que para las distintas jerarquías se detallan en el anexo I que forma parte de esta medida».
La resolución entró en vigor el 31 de julio y estipula los montos específicos para cada cargo. Estos fondos provienen del presupuesto general de la Administración Pública Nacional del Ministerio de Defensa. La actualización de los haberes incluye tanto al personal militar de las Fuerzas Armadas como a quienes sirven en la Policía de Establecimientos Navales, de acuerdo con el rango que ocupen.
Además, la normativa subraya que esta actualización tiene como objetivo reconocer «una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que requiere la correcta ejecución de sus funciones».
Montos salariales de las Fuerzas Armadas en agosto de 2024
- Teniente General, Almirante, Brigadier General: $2.091.634
- General de División, Vicealmirante, Brigadier Mayor: $1.865.276
- General de Brigada, Contralmirante, Brigadier: $1.699.453
- Coronel, Capitán de Navío, Comodoro: $1.488.572
- Teniente Coronel, Capitán de Fragata, Vicecomodoro: $1.294.240
- Mayor, Capitán de Corbeta: $1.019.647
- Capitán, Teniente de Navío: $844.469
- Teniente Primero, Teniente de Fragata, Primer Teniente: $751.105
- Teniente, Teniente de Corbeta: $677.146
- Subteniente, Guardiamarina, Alférez: $613.273
- Suboficial Mayor: $1.045.817
- Suboficial Principal: $927.140
- Sargento Ayudante, Suboficial Primero, Suboficial Ayudante: $821.923
- Sargento Primero, Suboficial Segundo, Suboficial Auxiliar: $722.971
- Sargento, Cabo Principal: $649.066
- Cabo Primero: $582.497
- Cabo, Cabo Segundo: $539.136
- Voluntario 1ra., Marinero 1ra.: $491.079
- Voluntario 2da., Marinero 2da.: $454.448