Según argumentó el bloque dirigido por Juan Manuel López, la Constitución Nacional y un pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos determinan que restringen el alcance de los decretos para regular respecto al acceso a la información pública.
«Las limitaciones al derecho de acceso a la información solo pueden estar establecidas en forma excepcional por una ley del Honorable Congreso de la Nación y deben ser interpretadas en forma restrictiva, siempre a favor de garantizar el derecho de acceso a la información pública«, señalan los autores del proyecto de ley.
En ese sentido, remarcaron que «las excepciones fueron clara y taxativamente establecidas por la Ley n° 27.275 no pudiendo incorporase nuevas excepciones o interpretaciones restrictivas por vía reglamentaria, ni tampoco pudiendo hacerlo a través de una interpretación con alcance general«.
La iniciativa fue presentada por Victoria Borrego, Juan Manuel López, Marcela Campagnoli, Maximiliano Ferraro, Mónica Frade y Paula Oliveto.
Organizaciones civiles rechazaron el decreto que modifica la ley de Acceso a la Información Pública
Por su parte, organizaciones civiles y sociales sin fines de lucro también rechazaron la modificación de la que dispuso el Gobierno a través del decreto 780/24. Aseguran que busca restringir un derecho fundamental para la democracia y denuncian que es una «seria regresión» en la transparencia estatal.
Además, expresaron su «preocupación» por la normativa y aseguraron que «intenta restringir el derecho de Acceso a la Información Pública».
El documento lleva la firma de 20 asociaciones, entre las que se encuentran Poder Ciudadano, el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC), Directorio Legislativo, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Amnistía Internacional y la Escuela de Fiscales, entre otros.
En la misma línea se pronunció el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez: «Atenta contra un derecho considerado esencial para el sistema democrático».
A través de su cuenta oficial en la plataforma X (ex Twitter), el letrado constitucionalista señaló que «el decreto 780/2024 que tiene por objeto reglamentar la ley 27.275 de acceso a la información pública modificando la anterior norma reglamentaria (el decreto 206/2017)es inconstitucional por alterar irrazonablemente sus contenidos desconociendo lo establecido por el art. 28 de la Constitución argentina y por el art. 29 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos».