ARCA devolverá Impuesto PAIS a un grupo de contribuyentes


A pesar de que el Impuesto PAIS se terminó en diciembre de 2024, todavía sigue generando problemas a los importadores. En este caso, se trata de empresas que tuvieron que anticipar el gravamen, pero que no pudieron acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) y, por lo tanto, tuvieron que pagar a sus proveedores del exterior mediante mecanismos alternativos, como el dólar Contado con Liquidación (CCL).

Se trata de empresas que no pudieron abonar sus deudas por una decisión del propio Estado, que les impidió acceder a los dólares. Ahora la agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció un mecanismo de devolución del tributo.

En realidad, el organismo recaudador les va a dar un crédito fiscal para que lo imputen al pago de aranceles o la tasa de estadística, que son los impuestos que se abonan al momento de traer mercadería del exterior.

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, explicó cuáles son las claves del nuevo mecanismo, al cual calificó de limitado:

¿A quiénes alcanza?

El régimen de devolución alcanza a importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS conforme a la Resolución General 5393, por operaciones de importación incluidas en los decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024 pero que no pudieron computarlos, total o parcialmente.

¿Cómo se devuelven los pagos a cuenta no computados?

ARCA no devolverá en efectivo los pagos cuenta no computados o computados parcialmente, sino que generará un crédito fiscal.

El crédito fiscal solo podrá aplicarse para cancelar derechos de importación. No será transferible a terceros.

Nuevo Registro obligatorio y por tiempo limitado

Se crea el “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria – PAIS” al que se accede con clave fiscal.

Los importadores deberán inscribirse presentando una declaración jurada de devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por importación de bienes (DJIP) entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025.

¿En qué plazo se generará el crédito fiscal?

El crédito fiscal se generará en cuotas mensuales y automáticas a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), según el siguiente esquema:

arca.png

La primera cuota estará disponible el 8 de septiembre de 2025 y las restantes dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.

¿Se reconocen intereses al importador?

Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas e incluirán el 0,50% de interés mensual calculados desde el día de presentación de la declaración jurada DJIP hasta la fecha de generación del crédito fiscal.

¿Cómo se toma conocimiento del resultado del trámite y del registro del crédito fiscal?

El resultado del trámite será notificado al importador, a través del Sistema Informático de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas (SICNEA). El crédito fiscal podrá visualizarse en la subcuenta MALVINA, servicio “web” “MOA – Reingeniería”.

La renuncia a otros reclamos

El régimen es optativo, pero para acceder, el importador debe renunciar expresamente a cualquier otro trámite de devolución o acción judicial ya iniciada o futura, por los mismos conceptos.

Esquema limitado

Domínguez indicó que “si bien el régimen es positivo al intentar resolver los saldos a favor por pagos a cuenta no utilizados del Impuesto PAIS, resulta limitado”.

“Muchos importadores fueron obligados a ingresar pagos a cuenta que luego no pudieron utilizar porque el propio Estado les impidió acceder al mercado oficial de cambios. Debieron recurrir a mecanismos más costosos”, explicó.

El tributarista indicó que “el régimen debería contemplar la devolución en efectivo y reconocer intereses reales”. “Actualmente, solo permite utilizar el crédito contra derechos de importación y en cuotas”, explicó.

El especialista sostuvo además que “la tasa de interés del 0,5% mensual es inferior a la inflación esperada, lo cual genera una pérdida de valor del crédito cuanto mayor sea el importe y más largo el plazo”.





Fuente: Ambito

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