ARCA: empresas con planes de pago por más de $500 millones no podrán repartir dividendos


30 de diciembre 2024 – 08:43

Así lo dispone la resolución general publicada en el Boletín Oficial. El viernes pasado ARCA anunció beneficios para deuda contraídas después de la moratoria. El director de la DGI, Andrés Vázquez, definirá planes por encima de los $1.000 millones.

Análisis Digital

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este lunes las normas para que las empresas con deudas fiscales desde el 1ro de abril hasta el 31 de diciembre de este año puedan solicitar planes de pago. Entre las condiciones figuran que una firma que regularice por encima de los $500 millones no podrá repartir dividendos entre sus socios mientras dure el beneficio.

Así lo indica la Resolución General 5625 que reglamenta los nuevos planes de pago que pueden ser de hasta 48 cuotas, según sea el tipo de deudor.

La norma establece que “cuando la propuesta sea por un importe superior a $500 millones será condición necesaria, de carácter resolutorio, el compromiso de la concursada de no distribuir dividendos y/o utilidades durante la vigencia del régimen de facilidades de pago concedido por este Organismo, salvo que se cancele anticipadamente el mismo”.

“De no cumplirse tal condición, esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero se encuentra facultada para iniciar las acciones de ejecución pertinentes”, indica la reglamentación. Este monto se va a ir actualizando cada 6 meses en función de la evolución de la inflación semestral.

La norma también determina qué tipo de funcionario tendrá la capacidad de otorgar un plan de pago en relación al monto de la deuda a regularizar. En el caso de que una empresa quiera poner en regla una deuda de mas de $1.000 millones, tendrá que autorizarlo el titular de la Dirección General Impositiva (DGI), Andrés Vázquez.

Cómo son los planes de pago

ARCA decidió habilitar planes de pago de hasta 48 cuotas que incluirán las deudas hasta el 31 de diciembre de 2024. La moratoria que cerró este año incluía deudas hasta el 31 de marzo, de manera que estos planes servirán para atender los problemas de las empresas ocurridos desde el primero de abril hasta fin de año, en un período en el que la economía registró una caída de al menos 3 puntos del PBI.

Solo quedará vigente la “tregua” para las empresas del sector de la salud y las entidades de bien público hasta el 31 de julio de 2025.

Pymes: ¿cómo es el nuevo plan de facilidades de pago?

  • Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, a tasa fija.

  • El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta.

  • Con esta medida, el organismo busca brindar mayor exigibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada.

Plan de pagos para pymes: ¿cómo es la financiación?

  • Para pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud será un 25% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen.

  • En el caso de las medianas empresas -Tramos 1 y 2- se aplicará un 40% sobre la tasa de interés resarcitorio vigente al momento de la implementación del régimen. La empresas tienen un plazo de hasta 18 cuotas para retenciones y percepciones impositivas y hasta 36 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y Obligaciones aduaneras.

  • Pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud hasta 24 cuotas para retenciones y percepciones y hasta 48 cuotas en el resto de las obligaciones





Fuente: Ambito

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