Con el objetivo de acompañar a la comunidad educativa y prevenir posibles engaños, el Ministerio de Educación pone a disposición una guía informativa sobre el funcionamiento de los avales ministeriales que se otorgan a cursos, formaciones y propuestas de actualización docente.
La ministra de Educación, Silvia Fuentes, subrayó la importancia de que los interesados conozcan los mecanismos de validación de estos avales y sepan identificar señales de alerta frente a la amplia oferta de propuestas de formación, que presentan distintas modalidades, alcances y niveles de impacto en la carrera docente.
Puntos fundamentales a tener en cuenta
-El aval ministerial es un instrumento legal que otorga puntaje para la carrera docente, el cual se asigna de acuerdo a la carga horaria de la propuesta formativa y es considerado por la Junta de Clasificación Docente. Los avales se rigen por resoluciones.
-Las propuestas de hasta 200 horas dirigidas a docentes deben contar con la firma de la ministra de Educación y de la subsecretaria de Planeamiento Educativo. Previamente, cada expediente es evaluado por un equipo técnico conformado por docentes y abogados, garantizando un análisis exhaustivo tanto desde el aspecto pedagógico como legal.
-Las instituciones que soliciten aval para actividades presenciales o semi presenciales deben tener domicilio legal en la provincia de San Juan y contar con personería jurídica, condición esencial al momento de evaluar la seriedad de las ofertas de formación que circulan en distintos espacios y plataformas.
-El trámite de solicitud de aval se realiza mediante expediente administrativo, conforme al procedimiento detallado en las resoluciones vigentes.
-Las instituciones externas al Ministerio deben presentar la solicitud con al menos 60 días de anticipación, mientras que las áreas dependientes del Ministerio cuentan con un plazo mínimo de 30 días previos al inicio de la actividad.
-La validez del aval está limitada al período establecido en el proyecto aprobado y no puede exceder un ciclo lectivo. Por ello, toda acción educativa debe renovar su solicitud de aval cada año.
-Todo aval oficial debe contener número de resolución, fecha de emisión y las siglas “ME”. Esta información es obligatoria y debe ser exigida por los docentes antes de inscribirse o abonar cualquier arancel, especialmente cuando se trate de propuestas privadas.
-Para verificar la autenticidad de los datos, los docentes pueden dirigirse a la Sala de Copias del Ministerio de Educación, ubicada en Piso 2 – Núcleo 2 del Centro Cívico y solicitar la consulta correspondiente.
-Finalmente, el Ministerio aclara que contar con aval no implica autorización para el ingreso a establecimientos escolares ni habilita otras atribuciones administrativas.
