Caso $LIBRA: rechazaron detener a Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy


El juez federal Marcelo Martinez de Giorgi rechazó el pedido de detención a Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy que habían requerido los querellantes del caso $LIBRA, en la que también está denunciado el presidente Javier Milei.

La solicitud había sido impulsada por el querellante Martín Romeo, quien consideró que ambos imputados podrían fugarse o interferir en el avance de la causa.

Novelli y Terrones Godoy fueron los organizadores del evento llamado Tech Forum de octubre de 2024, donde participó Milei y otros actores vinculados a lo que después fue $Libra. Son dos empresarios cripto asociados al lanzamiento del activo que promocionó el Presidente en su cuenta de X.

Respecto de los pedidos de detención, el juez coincidió con el criterio del fiscal Eduardo Taiano, quien señaló que no existen elementos que permitan presumir un riesgo procesal. “Los imputados se encuentran actualmente a derecho, sin que existan elementos objetivos que permitan presumir que intentarán sustraerse de la acción de la justicia”, sostuvo el juez.

Sostuvo que las medidas cautelares vigentes, el congelamiento de activos y la prohibición de innovar, resultan “idóneas y suficientes para garantizar la investigación”.

El fallo remarcó que el solo hecho de poseer pasaportes extranjeros o residencia en el exterior “no puede ser interpretado, por sí, como un indicio suficiente de riesgo de fuga”, en tanto no existen otros factores que lo justifiquen.

El pedido de la querella también se basó en un supuesto estrecho vínculo de Novelli y Terrones Godoy con Hayden Mark Davis, el creador del activo digital.

Extraños no

Por otro lado, Martínez de Giorgi rechazó el pedido del diputado Maximiliano Ferraro, presidente de la Comisión Investigadora sobre la Criptomoneda $Libra de la Cámara de Diputados, que había solicitado acceso irrestricto al expediente y a la documentación producida.

La fiscalía y la defensa de los imputados se opusieron al planteo, invocando el artículo 204 del Código Procesal Penal, que establece que el sumario “será siempre secreto para los extraños”.

El juez coincidió con esa interpretación y recordó que la publicidad del proceso penal rige recién en la etapa de juicio: “Extender dicha facultad a extraños al expediente podría implicar una vulneración al principio de legalidad y a las garantías del debido proceso”, expresó en su resolución.

Con esta decisión, el magistrado ratificó las medidas cautelares ya dispuestas, mantuvo bajo reserva el desarrollo de la investigación penal y denegó tanto la solicitud de acceso a la causa como el pedido de detención formulado por la querella.





Fuente: Ambito

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