Claves para gestionar la autorización de trabajo adolescente protegido


El Ministerio de Gobierno, a través de la Subsecretaría de Trabajo, recordó que la legislación vigente regula el trabajo adolescente protegido, una modalidad que permite a jóvenes desempeñarse en empleos formales bajo condiciones específicas que resguardan su integridad física, sus derechos laborales y la continuidad de sus estudios.

La Ley N.º 26.390 establece el marco legal para el trabajo adolescente protegido, que comprende a personas de entre 16 y 17 años que pueden acceder al empleo siempre que cuenten con la autorización expresa de sus padres, madres, tutores o responsables legales, excepto en casos de emancipación.

¿Cuáles son los derechos de los adolescentes trabajadores?

Al trabajar de manera protegida y formal, los adolescentes tienen garantizados los siguientes derechos:

  • Vacaciones: 15 días por año.
  • Descanso: 2 horas al mediodía si trabajan jornada partida.
  • Remuneración igualitaria: Mismo salario que un adulto por igual tarea.
  • Registro laboral: Su relación laboral debe estar formalizada.
  • Continuidad educativa: Es obligatorio que sigan cursando estudios (Ley 26.206).
  • Protección sindical y legal: Pueden afiliarse a un sindicato, estar cubiertos por una ART y realizar reclamos administrativos o judiciales si lo requieren.

¿Qué está prohibido?

Con el objetivo de proteger su salud física y emocional, hay restricciones clave para el trabajo adolescente:

  • Está prohibido realizar tareas penosas, peligrosas o insalubres (según Decreto N.º 1.117/16).
  • No pueden trabajar más de 6 horas diarias o 36 semanales en zonas urbanas, o más de 32 horas semanales en zonas rurales (excepto con autorización especial).
  • No pueden hacer horas extra.
  • No se permite el trabajo nocturno: de 20:00 a 6:00 hs en zonas urbanas, y de 20:00 a 5:00 hs en zonas rurales.

Obligaciones del empleador

Para poder contratar a un adolescente en el marco del trabajo protegido, los empleadores deben:

  • Gestionar la Clave de Alta Temprana (CAT) antes de la incorporación.
  • Registrar al adolescente en la obra social correspondiente.
  • Contar con una póliza de seguro o ART vigente.

¿Cómo se gestiona la autorización?

  • El trámite puede iniciarlo el propio empleador (con autorización firmada por los padres o tutores) o directamente los adultos responsables del adolescente.
  • El interesado debe dirigirse a la Subsecretaría de Trabajo ubicada en Santa Fe 54 oeste, primer piso, Ala Sur, de lunes a viernes, de 8 a 12 horas.

Documentación necesaria:

  • Nota del empleador con detalle de tareas, horario, lugar y condiciones laborales.
  • Formulario firmado por el menor y sus padres o tutores.
  • Fotocopias de DNI (menor y padres o tutor).
  • Partida de nacimiento actualizada.
  • Certificado de escolaridad (original o libreta).
  • Certificado médico original.
  • Póliza de Seguro o ART.
    En caso de tutela, la resolución judicial correspondiente.





Fuente: sisanjuan.gob.ar

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