El Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial, trabaja para garantizar que los poseedores de una vivienda única puedan acceder a la escritura de su propiedad. Esta gestión se ampara en las leyes N° 24.374 y 1808-C, junto con el Decreto 009/19, que establecen el procedimiento para regularizar la situación dominial de los inmuebles ocupados.
Inicio del trámite
El proceso comienza de manera presencial en la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial, donde el ciudadano debe presentar la documentación correspondiente. Entre los pasos iniciales se incluyen:
- Presentar una boleta de Rentas o la Nomenclatura Catastral, para verificar que el terreno cumpla con los requisitos legales.
- Acompañar el boleto de compraventa.
- Aportar comprobantes que acrediten la posesión del terreno, como facturas de servicios o impuestos.
Se recomienda que no existan conflictos judiciales o reclamos de terceros sobre la propiedad.
Documentación requerida
Para avanzar con la regularización dominial, es necesario contar con:
- Causa lícita (boleto de compraventa, cesión de derechos, título antecedente o boleta de pago).
- Fotocopias del DNI del solicitante y de todos los habitantes del inmueble.
- Documentación probatoria de ocupación continua desde 2005 hasta 2025.
- Acta de matrimonio actualizada y legalizada.
Beneficios de contar con la escritura
Obtener la escritura otorga seguridad jurídica y abre nuevas posibilidades:
- Garantía de propiedad ante eventuales conflictos.
- Acceso regularizado a los servicios públicos.
- Posibilidad de solicitar créditos hipotecarios para mejoras o ampliaciones.
- Incremento del valor comercial del inmueble.
Asesoramiento y atención
Los interesados pueden recibir orientación personalizada en la oficina de la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial, ubicada en calle Agustín Gnecco 395 Sur, Capital, de lunes a viernes de 8 a 13 horas. También se brinda atención telefónica en los números 4933333 y 4201886, en el mismo horario.
