Diputados subió el umbral de evasión simple de impuestos: lo lleva a $111 millones


21 de agosto 2025 – 18:26

Se trata de una reforma de la Ley Penal Tributaria. Modifica los montos fijos en pesos vigentes desde 2017, por umbrales definidos en base a la evolución del salario mínimo vital y móvil. Los juicios de ARCA bajarían de 7.000 al año, a solo 200.

Perdida en un paquete de medidas de alto significado político, como la Emergencia en Discapacidad, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto de modificación del Régimen Penal Tributario. Se trata de una norma que eleva el umbral por el cual la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) debe considerar como “evasión agravada” una diferencia en la liquidación de impuestos de parte de un contribuyente. Ahora será a partir del equivalente a u$s841.000.

La reforma elimina los montos nominales en pesos y establece umbrales variables para la evasión simple, agravada y la apropiación indebida de aportes. Según destacó la página Blog del Contador en los términos en que quedó aprobada la norma por los diputados la evasión simple recién será a partir de $111.090.000 por tributo y por ejercicio.

En el caso de una agravada pasaría ser desde los $1.110 millones, lo que equivale a unos u$s841.000. La Cámara baja sacó la norma por 226 votos a favor, solo 6 en contra y ninguna abstención.

Los montos fijos en pesos pasan a ser variables según el salario mínimo vital y móvil (SMVM) como referencia de actualización. La propuesta fue de los diputados Oscar Agost Carreño y Ricardo López Murphy para evitar las distorsiones que provoca la inflación. Hasta ahora, con muy bajos montos, una persona podía quedar alcanzada como evasora agravada y sometida a juicio penal.

Según la normativa vigente, Ley 27430, la evasión simple se configura por $1.500.000 por cada tributo y ejercicio anual. La evasión agravada se da cuando el monto supera los $15.000.000. Esto estaba así desde diciembre del año 2017. El problema de ello es que generaba la obligación a ARCA de iniciar numerosos juicios.

La cantidad de juicios penales por evasión fiscal podrían bajar de los 7.000 que se tramitan en la actualidad a unos 200 al año, según señaló el titular de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Juan Pazo.

Principales cambios

  • Evasión simple: será delito cuando el monto evadido supere los 345 SMVM por tributo y ejercicio anual.
  • Evasión agravada: se eleva el umbral a 3.450 SMVM, con agravantes específicos como el uso de sociedades interpuestas, beneficios fiscales indebidos o facturas apócrifas (desde 345 o 460 SMVM según el caso).
  • Aprovechamiento indebido de beneficios fiscales: se sanciona cuando supere los 345 SMVM en un ejercicio.
  • Apropiación indebida de tributos: se penaliza al agente de retención que no deposite lo retenido cuando supere los 23 SMVM por mes.
  • Evasión de aportes y contribuciones a la seguridad social: umbral en 46 SMVM por mes (con agravantes desde 92 y 230 SMVM).
  • Apropiación indebida de aportes retenidos a empleados: también desde 23 SMVM por mes.
  • Simulación dolosa de cancelación de obligaciones: umbral de 115 SMVM por ejercicio en tributos y 23 SMVM por mes en seguridad social.

Agost Carreño destacó que se trata de una norma que “trasciende la coyuntura” y beneficia especialmente a las PyMEs, al liberar a la justicia de causas desproporcionadas: “Si no aprobamos esto, los tribunales seguirán desbordados con faltas tributarias menores, en lugar de ocuparse de delitos graves como narcotráfico o lavado de dinero”.

Por su parte, López Murphy subrayó que el mecanismo es “sencillo y razonable, basado en la indexación automática”, similar al esquema ya aplicado en la Ley de Narcotráfico (23.737).





Fuente: Ambito

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