¿Es feriado el 24 de diciembre? Así te deben pagar si trabajas en Nochebuena


22 de diciembre 2025 – 11:05

En vísperas de Navidad, ¿la jornada laboral se debe pagar extra o se debe abonar como un día cualquiera?

A pocos días de Navidad, el calendario laboral vuelve a generar dudas. El cierre del año, los compromisos familiares y los traslados hacen que muchos trabajadores revisen con atención cuáles son los feriados y que fechas mantendrán su condición y salario habitual.

A esto se suma que el Gobierno Nacional anunció un asueto administrativos para los empleados públicos el 24 de diciembre, lo que llevó a muchos trabajadores a creer que podría considerarse una jornada de descanso. A continuación, conocé los detalles.

Calendario de Feriados

Imagen: Freepik

24 y 31 de diciembre: cómo se pagan

Ni el 24 ni el 31 de diciembre son feriados en Argentina, ni están contemplados como días no laborables dentro del calendario oficial. Según la normativa vigente, ambas fechas son consideradas jornadas normales, por lo que rigen las condiciones habituales de trabajo y remuneración.

Esto significa que quienes presten servicios durante Nochebuena o en la víspera de Año Nuevo deben cobrar su salario regular, sin adicionales. La ley no establece ningún tratamiento especial, salvo que el empleador decida otorgar un plus por políticas internas, algo que no es obligatorio.

En muchos rubros, especialmente comercio, gastronomía y supermercados, se suele trabajar hasta el mediodía por decisión de la empresa o acuerdos sectoriales, pero esto no modifica la paga.

navidad

Por otro lado, a través del Decreto 883/2025, el presidente Javier Milei oficializó el asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre. La medida sólo alcanza al personal de la Administración Pública Nacional.

El objetivo es que los empleados puedan disponer de tiempo suficiente para organizar las celebraciones familiares y los traslados necesarios hacia distintos destinos durante las fiestas.

25 de diciembre, feriado: así deben pagarte si trabajas en Navidad

A diferencia de las vísperas, el 25 de diciembre sí es un feriado nacional inamovible en todo el país. Según la Ley de Contrato de Trabajo, las personas que presten servicios durante esta fecha tienen derecho a cobrar el doble de su remuneración habitual.

Esto implica que el empleador debe abonar el salario correspondiente a la jornada normal, más un adicional equivalente al 100%.

En la práctica, esto marca una diferencia con respecto al 24 y al 31 de diciembre. Mientras esos días se pagan sin recargo, trabajar durante Navidad supone una compensación mayor, independientemente del rubro o la actividad.

Además, no puede ser reemplazado por otro beneficio, salvo que exista un acuerdo más favorable para el empleado.





Fuente: Ambito

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