Fuera de la ley: el Gobierno autoriza que las Fuerzas Armadas detengan a civiles en la frontera | Para delitos «en flagrancia»


El gobierno nacional autorizó a los militares a detener civiles que hayan cometido delitos de flagrancia. La medida fue anunciada por el ministro de Defensa, Luis Petri, a través de una serie de posteos en los que llamativamente salió a defenderse sin ser atacado, y cuestionar a todo aquel que pudiera poner en tela de juicio esa disposición.

La disposición regirá particularmente en los puestos fronterizos en los que miembros de las Fuerzas Armadas desempeñan tareas de control y vigilancia y toma como modelo una práctica que, según el funcionario, se desarrollaría también en “todos los países limítrofes con la Argentina”.

Tras hacer el anuncio, Petri salió a atajarse: “Sí, es una medida controversial para todos los que defienden narcos, terroristas y violentos delincuentes. Elijan de qué lado van a estar», desafió públicamente a través de la red X.

Quien salió a responder inmediatamente al funcionario y alertar sobre los riesgos de la nueva disposición fue su antecesor Agustín Rossi. “La medida no es controversial, es ILEGAL”, remarcó y sostuvo que esas tareas que ahora se le asignarán al personal militar “van en sentido contrario” de las leyes de Defensa y de Seguridad Interior.

Además, advirtió que “el personal militar que acate estas órdenes (de detener civiles) está absolutamente desprotegido legalmente” porque se trata de “tareas que corresponden a las fuerzas de seguridad y que están taxativamente prohibidas por las leyes vigentes”.

Una copia de Trump

Petri sostiene todo lo contrario. A la hora de explicar su decisión dijo que “la ley autoriza a las Fuerzas Armadas a reforzar el control de fronteras” y que “la posibilidad de detención en flagrancias está prevista en todos los códigos procesales de las provincias y la Nación».

El ministro no dio precisiones de la legislación a la que hizo referencia sino que siguió acusando a sus eventuales críticos: “Sólo el sesgo ideológico canceló y maniató a nuestras fuerzas. Todos los países limítrofes con Argentina usan a sus fuerzas armadas para el control y vigilancia de sus fronteras”.

“Estados Unidos lo acaba de anunciar en enero, por que (SIC) acá algunos se escandalizan?», se preguntó ratificando a la vez cuál es el modelo que lo inspira.

«No obligue al personal militar a actuar fuera de la ley”

Rossi, en cambio, fundamentó sus críticas y cuestionó que al gobierno de Javier Milei de tomar esa decisión a través de una resolución ministerial “floja de papeles” porque el Congreso ya le rechazó la reforma que intentó sobre la Ley de Seguridad Interior.

“Las Fuerzas Armadas son el instrumento militar de la Nación. Su misión principal es custodiar la soberanía” en los espacios “terrestre, marítimo y aéreo”, dijo y remarcó que “para combatir la criminalidad común u organizada, están las fuerzas de seguridad federales y provinciales, que deberían tener el número suficiente y el equipamiento necesario para cumplir con su tarea”.

Además, puntualizó que “lo siniestro de esta medida es que el ministro Petri, quien debería custodiar el bienestar del personal militar, lo obliga a actuar violentando el sistema legal vigente”.

“Deje de dar vergüenza Ministro Petri. Póngase los pantalones largos, deje de ser una marioneta de la Ministra Bullrich”, lo desafió y se preguntó adónde va a estar el ministro de Defensa “cuando se acumulen las denuncias contra el personal militar”.

En este sentido, el exfuncionario instó a Petri a “proteger” a los miembros de la fuerza y le hizo un llamado contundente: “Derogue esa ILEGAL ‘Regla de empeñamiento’, y no obligue al personal militar a actuar fuera de la ley”.

La orden de Petri

La resolución del Ministerio de Defensa dice que el objetivo de esta medida es «restringir el uso de la fuerza a acciones que el personal militar deba desarrollar circunscribiéndolo a su defensa y a la de terceros en caso de agresiones inminentes que pongan en riesgo la vida, la integridad física o del cumplimiento del deber».

También deja claro que no está permitido «el uso de armas en contra de vehículos o personas sospechosas que huyan o traten de huir de un puesto de control, acceso a instalaciones, recintos, destacamento, aun existiendo sospechas fundadas de un acto ilícito».



Fuente: www.pagina12.com.ar

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