La CNV avanza con una nueva flexibilización en el mercado de capitales: de qué se trata el “crowdfunding”


25 de febrero 2026 – 13:30

Según explicó la entidad «el crowdfunding» es una normativa novedosa que se implementará por primera vez en la Argentina y permitirá que pequeños inversores participen en proyectos productivos de forma simple y transparente.

Mariano Fuchila

El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) avanza puso en consulta pública una normativa que permitirá incorporar el financiamiento colectivo —conocido como crowdfunding— dentro del régimen de oferta pública automática de bajo y mediano impacto. Según especificaron se enmarca dentro de «una nueva etapa en la modernización del mercado de capitales».

En términos simples, la propuesta busca que proyectos productivos puedan financiarse a través del aporte de muchos inversores que colocan pequeñas sumas de dinero, bajo un esquema regulado. De este modo, personas no calificadas podrán participar como inversores, pero con topes de inversión y reglas de información acordes a su perfil, para evitar que una eventual pérdida tenga un impacto significativo en su patrimonio.

Según explicó el presidente de la CNV, Roberto E. Silva, la iniciativa apunta a ampliar las fuentes de financiamiento y facilitar el acceso al mercado de capitales, incorporando herramientas tecnológicas en un marco transparente y con protección al inversor como eje central. La idea es que más personas puedan invertir montos pequeños en proyectos de la economía real sin enfrentar los requisitos más complejos del régimen tradicional.

Inversores súper calificados: cómo será la participación

En paralelo, el organismo propone crear un régimen específico para “inversores súper calificados”, es decir, aquellos con alto patrimonio y experiencia financiera. Este segmento estará compuesto por quienes acrediten inversiones en valores negociables, activos virtuales o depósitos bancarios superiores a 10 millones de UVA. Para ellos, se prevé un menor nivel de restricciones cuantitativas, bajo el argumento de que su capacidad económica y técnica les permite asumir mayores riesgos sin necesidad de la misma protección regulatoria que el pequeño inversor.

La iniciativa no modifica el régimen vigente para las Plataformas de Financiamiento Colectivo establecido por la Ley 27.349, sino que amplía el alcance de la oferta pública automática para integrar estos esquemas dentro de una estructura ya existente.





Fuente: Ambito

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