La CNV creó dos regímenes de autorización de fideicomisos financieros


Los nuevos regímenes fueron aprobados con el objetivo de continuar con la simplificación de procesos, ampliar las oportunidades de financiamiento a través del mercado de capitales y flexibilizar su operatoria.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la resolución general N°1063 para la creación de dos nuevos regímenes de tramitación y autorización de oferta pública automática de fideicomisos financieros tras realizar una consulta pública. Ambos contarán con documentos de emisión similares, pero se diferenciarán en el proceso de autorización de oferta pública.

Los nuevos regímenes fueron aprobados con el objetivo de continuar con la simplificación de procesos, ampliar las oportunidades de financiamiento a través del mercado de capitales y flexibilizar su operatoria.

«Nos enorgullece presentar estos dos nuevos regímenes que simplifican y abrevian procesos y, en el caso de emisores frecuentes quitan los requerimientos de trámites innecesarios ante esta CNV”, señaló Roberto E. Silva, el presidente de la CNV. También agregó que “esto lo hacemos en línea con la política de desregulación del Gobierno Nacional, con el objetivo de modernizar el mercado de capitales e impulsar su desarrollo a nivel nacional e internacional».

¿Qué cambios que realizó CNV en los fideicomisos financieros?

Esta medida busca dotar de independencia a aquellos fideicomisos financieros que cuenten con una cierta cantidad de emisiones en el marco del mercado de capitales, de modo que, una vez alcanzada la cantidad de 4 (cuatro) emisiones totales y 2 (dos) anuales puedan solicitar la autorización de oferta pública por trámite abreviado para luego, una vez alcanzadas las 7 (siete) emisiones totales de las cuales 3 (tres) sean en el último año, ya no se requiera de la aprobación de la CNV a los fines de ofrecerse en el mercado de capitales.

Desde el organismo destacan la «relevancia» no sólo para facilitar el acceso al financiamiento a los fiduciantes sino también para otorgar previsibilidad respecto de la oportunidad en la cual emitir un producto, dado que ya no dependerá de una aprobación administrativa.

Como protección a los inversores y al público en general, la normativa dispone que los fiduciarios que utilicen los regímenes especiales deberán cumplir con el régimen informativo general y periódico aplicable a los fideicomisos financieros y con las obligaciones de transparencia.





Fuente: Ambito

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