La Corte Suprema vuelve a la carga con un fallo que favorece a los genocidas | Exigió mas fundamentos para mantenerlos en prisión preventiva


La Corte Suprema, con una composición especial, hizo el gesto que buena parte del Gobierno y de los sectores pro-represores reclamaban al dictar un fallo que exige a los tribunales inferiores una justificación minuciosa al mantener en prisión preventiva a los represores de la última dictadura. Muchos criminales se mantienen en ese estado por la demora que los propios supremos tienen a la hora de revisar sus condenas.

La Corte eligió el caso de Carlos “Indio” Castillo, un integrante de la Coordinación Nacional Universitaria (CNU) –el grupo de ultraderecha que actuaba en La Plata y Mar del Plata antes del golpe de Estado–, para mandar un mensaje tendiente a mostrar que el proceso de justicia por crímenes de lesa humanidad no es tan modélico como se sostiene.

“Un Estado de Derecho no puede transgredir las garantías del debido proceso sin degradarse en sí mismo en ese acto”, escribieron al revocar un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal que había convalidado la prórroga de la prisión preventiva de Castillo.

El represor fue condenado en 2016 en el primer juicio que se hizo sobre el accionar de la CNU en La Plata. Tiene una sentencia a prisión perpetua, que fue confirmada por Casación, pero no por la Corte. Actualmente, está siendo juzgado en el juicio de 1 y 60. En ese expediente se dio la discusión sobre la prisión preventiva. En los próximos meses volverá a ser enjuiciado en otro tramo sobre delitos de la CNU.

La Corte les pidió a los tribunales inferiores “indicios concretos” a la hora de mantener detenida a una persona acusada por crímenes de lesa humanidad. Sostuvo que era preciso valorar las circunstancias particulares que puedan condicionar su capacidad para eludir la justicia, como la edad o las condiciones físicas y mentales. También reclamó que se verifique efectivamente si puede entorpecer la investigación –entre las que incluyó las posibles amenazas a testigos–.

Como no hubo acuerdo en la Corte para firmar este fallo, Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz –autores del fallo del 2×1– debieron convocar a conjueces. Se les sumaron Alejandro Tazza, de la Cámara Federal de Mar del Plata, y Abel Guillermo Sánchez, de la Cámara Federal de Córdoba.

Ricardo Lorenzetti fue el único de los integrantes del máximo tribunal que se pronunció por rechazar el planteo de la defensa del “Indio” Castillo. Tampoco había acompañado en 2017 el 2×1 con el que Rosatti y Rosenkrantz favorecieron a Luis Muiña, represor del Hospital Posadas.

La lectura general que se hace en los tribunales es que con este fallo la Corte abre la puerta a todos aquellos represores que están detenidos y que no tienen condenas firmes. La confirmación de condenas corre por parte de la misma Corte, que demora la revisión durante años.

Según las estadísticas del Servicio Penitenciario Federal (SPF), hay 36 represores en prisión preventiva –es decir, sin sentencia firme– y 28 condenados en la Unidad 34 de Campo de Mayo, donde los amontonó Patricia Bullrich a principios de año. Esos 36 posiblemente hagan planteos para salir.

“Establecen estándares más restrictivos para el otorgamiento de las sucesivas prórrogas de la prisión preventiva, que es la situación en la que está gran parte de los imputados de lesa, por lo menos en la jurisdicción de La Plata”, sostiene la abogada Guadalupe Godoy, integrante de la Liga Argentina por los Derechos Humanos (LADH). “En jurisdicciones como la nuestra, con jueces subrogantes que nos conceden dos horas semanales o incluso quincenales de audiencia, lo que implica juicios de años y esperas eternas para que fijen fecha, es la situación mayoritaria que enfrentamos. Una pena que nada digan sobre cómo resolver esa situación”, añade.

La Corte, por ejemplo, mantiene desde hace años sin resolver las causas que involucran a Jaime Lamont Smart, quien fue ministro de Gobierno de la provincia de Buenos Aires durante la dictadura y sigue siendo uno de los civiles más influyentes vinculados al terrorismo de Estado. Smart fue condenado por primera vez en 2012, pero la Corte todavía no tuvo tiempo de revisar ninguna de las sentencias en su contra.

“La Corte también podría evitar las eternas preventivas que tienen incluso muchos de los condenados que no tienen sentencia definitiva, firmeza que además ellos manejan a su antojo, como lo demuestra el cajoneo de recursos extraordinarios desde hace años en varias de las causas de lesa humanidad de La Plata”, protesta Godoy.

Noticia en desarrollo.



Fuente: www.pagina12.com.ar

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