La estrategia de los jueces nacionales para combatir un traspaso forzoso a CABA al que los expuso el fallo de la Corte Suprema


31 de diciembre 2024 – 00:00

Comunicado y acordadas que acoten los alcances de lo que ordenó el máximo Tribunal. Foco en perjuicio para quienes buscan acceder a la justicia y expectativa con un cambio de mayorías que retrotraiga la sumisión al Tribunal Superior de Justicia porteño.

“Era un mar de lágrimas”. Así describió uno de los asistentes el clima reinante entre los jueces que participaron de la reunión reservada de presidentes de Cámaras Nacionales de Apelaciones, representantes del Ministerio Público Fiscal y sindicales, en la sede de la Asociación de Magistrados. La conclusión –que también forma parte de la estrategia futura para resistir un traspaso forzoso a la órbita de CABA- es que el fallo de la Corte Suprema que empoderó al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) porteño por sobre la justicia nacional es un golpe, principalmente, a los ciudadanos que acuden a los tribunales. La lectura tiene un ingrediente político interno en la guerra con el máximo Tribunal, pero también uno práctico: crear una instancia más de revisión –ahora con el TSJ filtrando los recursos extraordinarios- dilata los procesos de manera inevitable: juicios laborales más largos, litigios civiles extendidos todavía más, y el fantasma de la prescripción por el paso del tiempo, en materia penal. Nada que ayude al justiciable.

Los presentes acudieron con una pregunta dirigida a la Asociación de Magistrados que flotaba en el aire: “¿Nos van a defender o no?”. Sienten un ataque directo, esta vez, no desde la política, sino desde la cabeza misma del Poder Judicial. También, como adelantó Ámbito, la estrategia se apoya en la principal flaqueza que tuvo el fallo “Levinas”: fue integrado con una mayoría que se evaporó 24 horas después. Ese margen de acción se barajó. La Cámara Comercial anunció que estaba dispuesta a hacer un plenario y sacar una acordada para tomar posición que apuntale que sus recursos extraordinarios debían sí o sí ir directo a la Corte Suprema. La Cámara del Crimen compartía indignación, aunque no son ellos los que deben elevar recursos extraordinarios, y hasta la representante de los defensores oficiales subrayó una realidad subyacente: ellos iban a empezar a reclamar por los plazos y a hacer llover prescripciones por la extensión de los procesos como consecuencia favorable para los intereses de sus defendidos.

Todos esperaron el comunicado de respuesta formal que, luego, publicó la AMFJN que preside Andrés Basso, tras consensuar con los 24 miembros del consejo directivo. En el medio, y para variar, hubo facturas cruzadas que se endilgaron entre el oficialismo – la lista Bordó- y los Celestes y Compromiso Judicial, que son la oposición dentro de la agremiación de magistrados por la fiereza en la defensa de la justicia nacional. Los Bordó creen que, encima, es injusto, porque habían cosechado un éxito en enero pasado, cuando el Gobierno de Javier Milei había intentado lo mismo, pero por una ley del Congreso y el tema había naufragado en un borrador.

“El que pierde es el litigante, porque las ART deben estar festejando”, indicó un magistrado que miraba al fuero laboral por la extensión de los pagos en los juicios. “Una demanda por daños y perjuicios no la vas a poder cobrar nunca”, apuntaban desde el fuero civil, como un efecto disuasivo para quien quisiera acudir en busca de una respuesta de los tribunales. “Las víctimas se van a perjudicar porque las condenas que no se van a poder ejecutar”, dijo alguien desde los tribunales penales nacionales. Todo ese diagnóstico conformaba el clima de desazón que dominó el encuentro, en el que se miraban para encontrar una respuesta que permita una sobrevida. El ciudadano de a pie sería el principal perjudicado de una guerra interna donde quedaría lejos de obtener lo que fue a buscar y, por ende, mermaría más la confianza en la justicia, fue el epílogo con el que también servía para darse ánimos.

Tal como había adelantado Ámbito, el margen para desobedecer es exiguo. Por eso, acotar los alcances de lo dispuesto por la Corte –con la mayoría de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el saliente Juan Carlos Maqueda- es el camino con mayores chances de éxito. Nada que hacer con el caso que originó el fallo –“Levinas”, proveniente del fuero civil- ni con las otras órdenes conexas que dictó la Corte con beneficiarios particulares. Esto incluye la causa Correo Argentino –del fuero comercial- y una nueva revisión para la condena por el caso “Chocobar”, materia penal. Sobre estos, no hay manera de eludir la orden de un superior y van a tener como destino el TSJ. Pero eso no significa que ahora los jueces se allanen mansamente a someterse al tribunal porteño como superior.

La estrategia es apelar a la creatividad para acotar al máximo lo que proyecta el fallo y que se convierta más en excepción que en la regla. La expectativa es que si nuevamente se traba un conflicto, cuando escale a la Corte Suprema, el escenario de eventuales nuevas mayorías pueda modificar la doctrina que venía pavimentando esta mayoría que ya no existe. No es una vía segura, pero es la más probable. Considerar un “criterio” que no sea mandatorio. En resumen, establecer que de lo que carece el fallo es de una estabilidad asegurada como doctrina jurisprudencial.

El rechazo de la Asociación de Magistrados

Por la tarde, la AMFJN publicó el comunicado en el que ratificaron su posición “histórica”, pero ahora frente a este fallo. Destacaron la “unanimidad” en su rechazo. Describieron el estatus de la Ciudad de Bueno Aires y levantaron el guante de lo que los ofendió de la sentencia: “resulta inadecuado aludir a los magistrados que ejercen competencias nacionales en su ámbito como meramente transitorios”. Fue uno de los tramos que más dolió de lo que firmó la Corte.

Apoyados en el dictamen de Eduardo Casal que en su momento había rechazado al TSJ como revisor de las cámaras nacionales y en la disidencia de Carlos Rosenkrantz, que fueran destacadas ayer por Ámbito, remarcaron que “no existe base legal para atribuir al TSJ la potestad de revisar una sentencia dictada por las Cámaras Nacionales de Casación y de Apelaciones”. Y que las impugnaciones de sentencias de la justicia nacional es algo que el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación prevé que sea a través de los recursos extraordinarios federales, por lo que someterlas a un “tribunal local”, “modifica la estructura del Poder judicial” definida por ley. Esto, genera que “los Ministerios Públicos se vean afectados no sólo por la falta de cumplimiento de los resguardos constitucionales y funcionales provenientes de sendas leyes orgánicas sancionadas por el Congreso” –que difieren en casi todo con las estructuras locales para el MPF- “generando una inédita situación que deja toda la gestión de casos, en una incertidumbre con impacto inmediato en las personas representadas”. Todos esos litigantes –algunos vulnerables- cuentan con herramientas que no siempre están previstas en el ámbito de la ciudad, lo que “tiene implicancias severas e inmediatas” sobre derechos y garantías.

“La justicia nacional no puede ser transferida a la Ciudad de Buenos Aires”, culminan haciendo énfasis en que esa es la correcta interpretación de la Constitución Nacional. Es una guerra en capítulos que tendrá sus esquirlas durante toda la feria de enero.





Fuente: Ambito

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