El planteo buscaba suspender el decreto que reorganizó el sistema de inteligencia y amplió las facultades operativas de la SIDE. El juez consideró que no se acreditó una amenaza concreta e inmediata a la libertad ambulatoria.
El juez federal de Paraná Daniel Alonso rechazó un planteo judicial que buscaba suspender la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) mediante el cual el Gobierno nacional reconfiguró la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y amplió sus facultades operativas, entre ellas la posibilidad de aprehender personas sin orden judicial en el marco de tareas de inteligencia.
La resolución desestimó un hábeas corpus preventivo presentado por un grupo de abogados, quienes argumentaron que el decreto implicaba una amenaza potencial a la libertad ambulatoria de los ciudadanos. No obstante, el magistrado concluyó que no se verifican los requisitos legales para habilitar ese tipo de acción.
En su fallo, Alonso sostuvo que no surge del planteo la existencia de una amenaza cierta, concreta e inminente contra la libertad personal. “No se infiere ni siquiera de manera indiciaria una limitación actual o un atentado decidido y en próxima vía de ejecución”, señaló el juez, al descartar que el decreto vulnere garantías constitucionales en forma directa.
Los fundamentos del rechazo
Según explicó el magistrado, el hábeas corpus preventivo exige la demostración de un riesgo real y verificable, y no una hipótesis abstracta o conjetural. En ese sentido, indicó que los presentantes no acreditaron un peligro actual, ni individualizaron situaciones concretas en las que las nuevas atribuciones de la SIDE hayan derivado en detenciones arbitrarias.
Por ese motivo, Alonso rechazó la acción in limine, es decir, sin darle trámite, y con imposición de costas. De todos modos, conforme lo establece la normativa vigente, elevó el expediente a la Cámara Federal de Paraná, que deberá revisar la decisión en un plazo de 24 horas.
Se trata del primer fallo judicial que se pronuncia sobre el fondo de los planteos contra el DNU, en un contexto en el que se multiplicaron amparos y presentaciones contra la norma, aunque ninguno había prosperado hasta ahora durante la feria judicial.
El decreto bajo cuestionamiento
El DNU, firmado el 31 de diciembre, reorganizó el sistema de inteligencia nacional y amplió las atribuciones de la Secretaría de Inteligencia del Estado. Uno de los artículos más controvertidos habilita al personal de inteligencia a realizar aprehensiones en el desarrollo de sus funciones, sin requerir una orden judicial previa.
Los abogados que impulsaron el hábeas corpus -entre ellos dirigentes y exdirigentes vinculados a la UCR– sostienen que esa sola habilitación normativa constituye un riesgo institucional, argumento que el juez consideró insuficiente para habilitar la vía preventiva. Los impulsores de la acción anticiparon que apelarán la decisión, al insistir en que el decreto configura un peligro latente para los derechos individuales.
La resolución volvió a poner en foco al juez Alonso, quien en el pasado fue objeto de controversias institucionales por decisiones que enfrentaron criterios de la Corte Suprema de Justicia. Aquellos antecedentes derivaron en denuncias disciplinarias y penales que finalmente fueron archivadas, aunque su actuación continúa generando debate en el ámbito judicial y político.
Mientras tanto, el futuro del DNU quedará ahora en manos de la Cámara Federal, en un escenario donde el alcance de las facultades de la SIDE y el control judicial sobre los organismos de inteligencia se perfilan como uno de los ejes centrales del debate jurídico en los próximos meses.
