Moratoria en CABA: AGIP dispondrá planes de hasta 48 cuotas y quita de intereses


12 de septiembre 2025 – 10:52

La moratoria aprobada por la Legislatura porteña permitirá a los porteños regularizar deudas vencidas hasta el 31 de agosto de este año. Uno por uno, los alcances del sistema.

La moratoria aprobada por la Legislatura porteña ofrece planes de pagos de hasta 48 cuotas.

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Este jueves, la Legislatura porteña aprobó la moratoria de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) una medida que busca generar alivio en el bolsillo de los ciudadanos porteños. La AGIP implementará el sistema con el que los ciudadanos podrán regularizar sus deudas que estén vencidas hasta el 31 de agosto del corriente año con planes de pago de hasta 48 cuotas.

Además, en algunos casos puntuales la deuda se dará por anulada o extinguida tanto de forma total como parcial. Incluso, se suspenden las acciones judiciales en caso de que hubieran sido iniciadas una vez saldada la deuda. Según el período de adhesión, las quitas de intereses y punitorios pueden alcanzar hasta el 100%.

También podrán acogerse a la moratoria de la AGIP los agentes de recaudación que quieran regularizar deudas por retenciones o percepciones no ingresadas hasta el 31 de agosto del 2025. En este caso, la opción de pago es de 6 cuotas, no de 48.

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La moratoria de AGIP ofrece planes de pagos de hasta 48 cuotas.

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Moratoria en CABA: cuándo comienza y qué impuestos abarca

La moratoria aprobada este jueves por la Legislatura porteña comenzará a regir a partir del 3 de noviembre y se podrán pagar aquellos impuestos que estén vencidos hasta el 31 de agosto del 2025. En concreto, la moratoria abarca:

  • ABL / Inmobiliario
  • Patentes
  • Ingresos Brutos
  • Sellos
  • Publicidad
  • Retenciones y percepciones no ingresadas (previas al 30 de junio de 2025)

En tanto, AGIP habilitó un asistente virtual por Whatsapp que opera pasadas las 16 horas con el objetivo de guiar y saldar consultas. Al mismo tiempo, la moratoria habilita la devolución express de saldos a favor de hasta 10 millones de pesos a través del trámite digital. Para ello, es necesario contar con la Clave Ciudad y dirigirse hacia «Cuenta Corriente Tributaria». Las devoluciones en promedio alcanzan los $785.000.

Por último, tené en cuenta que, en caso de que la deuda sea menor a los $869.785 AGIP se hará cargo de ella sin intervención de mandatarios. En paralelo, se establece un «tope justo» de honorarios judiciales corrigiendo aquellos casos en los que la gestión superaba al monto de original adeudado.





Fuente: Ambito

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