Reforma laboral: todos los cambios que afectan a los monotributistas


12 de febrero 2026 – 13:20

El Senado dio media sanción al proyecto del Gobierno que modifica el régimen laboral y también introduce cambios para monotributistas.

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El Gobierno obtuvo su primer triunfo legislativo del año este jueves en el Senado, donde el proyecto de reforma laboral obtuvo media sanción con 42 votos a favor, 30 en contra y ninguna abstención. Entre otros puntos, la iniciativa incorpora modificaciones que impactan sobre los contribuyentes bajo el régimen de monotributo.

Hasta ahora, un monotributista que cumple una jornada impuesta, recibe directivas de la empresa y se encuentra integrado funcionalmente a una empresa pero en lugar de estar contratado factura su salario mes a mes, puede pedir el reconocimiento del vínculo laboral.

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La reforma laboral redefine el vínculo entre empresas y monotributistas

Eso se limita con el artículo 13 del proyecto aprobado en el Senado. «El hecho de la prestación de servicios en situación de dependencia hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que, por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven, se demostrase lo contrario», comienza el texto.

Cuándo deja de presumirse la relación laboral

«La presunción contenida en el presente artículo no será de aplicación cuando mediaren contrataciones de obras o de servicios profesionales o de oficios, o cualquier otra modalidad que comprendan prestaciones de servicios sin relación de dependencia, y se emitan los recibos o facturas correspondientes a dichas formas de contratación o el pago se realice conforme los sistemas bancarios y/u otros sistemas que determine la Reglamentación correspondiente. Dicha ausencia de presunción se extenderá a todos los efectos, inclusive a la seguridad social«, concluye.

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Se establecen nuevas condiciones para el reconocimiento laboral

Cómo se vincula esto con la figura del colaborador monotributista

Esta flexibilización laboral se suma a la figura del colaborador monotributista, introducida por la Ley Bases, que en su artículo 97 define que «el trabajador independiente podrá contar con hasta otros tres (3) trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo y podrá acogerse a un régimen especial unificado».

«El mismo estará basado en la relación autónoma, sin que exista vínculo de dependencia entre ellos, ni con las personas contratantes de los servicios u obras e incluirá, tanto para el trabajador independiente como para los trabajadores colaboradores, el aporte individual de una cuota mensual que comprenda la cotización al Régimen Previsional, al Régimen Nacional de Obras Sociales y Sistema Nacional del Seguro de Salud y al Régimen de Riesgos del Trabajo, en las condiciones y requisitos que establezca la reglamentación», concluye el artículo.

Reforma laboral: cuánto cobrará un trabajador en caso de enfermedad o accidente y qué duración tendrán las licencias

El proyecto modifica de manera sustancial el régimen de licencias por enfermedad o accidente no vinculados al trabajo. Según el artículo 208, el trabajador cobrará el 50% de su remuneración básica durante tres meses si no tiene personas a cargo, o seis meses si las tiene, cuando la imposibilidad de trabajar derive de una actividad voluntaria y consciente que implique un riesgo para la salud. Si no hubo conducta voluntaria ni conciencia del riesgo, percibirá el 75% del salario durante esos mismos plazos. Además, si la enfermedad reaparece dentro de los dos años, no será considerada distinta.

Estres trabajo

La reforma reduce los tiempos actuales de licencia paga y elimina el cobro del 100% del salario. Hoy, un empleado con menos de cinco años de antigüedad y sin cargas familiares puede acceder a tres meses con sueldo completo, plazo que se amplía según antigüedad y cargas hasta alcanzar los 12 meses. Con el nuevo esquema, el máximo se acota a seis meses y el porcentaje de remuneración baja al 50% o 75%, según el origen del hecho.

El texto también establece obligaciones formales. El trabajador que no pueda presentarse el primer día por enfermedad o accidente deberá informar de inmediato su situación y ubicación, salvo fuerza mayor, o podría perder el derecho al cobro. Los certificados médicos deberán incluir diagnóstico, tratamiento y días de reposo indicados, estar firmados digitalmente y ser emitidos por profesionales habilitados en el país. Además, una suspensión económica o disciplinaria no afectará el derecho a percibir la remuneración parcial prevista por la licencia.





Fuente: Ambito

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