Régimen Penal Juvenil: Jorge Macri reiteró su apoyo a la reforma, pero pidió terminar “con la puerta giratoria”


En el marco del debate que se llevará a cabo en el Congreso de la Nación, donde La Libertad Avanza aspira a reducir a 13 años el umbral mínimo de punibilidad, el alcalde reafirmó su “postura histórica” de que “a delito de adulto, pena de adulto” y reiteró su apoyo a la modificación de la legislación actual.

No puede ir a la misma cárcel que un adulto un chico de 13, 14, 15 o 16. Tiene que estar en otro lugar porque todavía hay más esperanza de recuperarlo y salvarlo. Si lo meto en el sistema actual, probablemente lo perdamos”, indicó.

Macri remarcó que el cumplimiento de una pena para un menor requiere de un “abordaje diferente” que el que se implementa en el caso de “un reincidente de 60 años al que ya agarramos mil veces”. Según consideró, el tema requiere un debate profundo.

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Jorge Macri endurece su discurso y mimetiza con la agenda de Javier Milei.

Foto: LN

Jorge Macri sobre el sistema judicial y la reiterancia: «El problema es la puerta giratoria»

“La discusión profunda que nos tenemos que dar es si quien comete un delito tiene que ir detenido o no, porque el problema en la Argentina es el concepto de la puerta giratoria”, remarcó.

Respecto a las estadísticas oficiales, el jefe de Gobierno reconoció que “no es tanto el delito que cometen los menores”, sino que “son los menos”, incluso dentro de los delitos graves, pero remarcó que cuando un adolescente mata “es muy impactante”.

Siguiendo esa línea interpretativa, habló de las falencias en el sistema judicial al afirmar que si quien comete un delito “no tiene la percepción real de que puede ir detenido y que va a ir detenido, el sistema fracasa”. “Si tengo que seguir agarrando 28 veces a la misma persona antes de que la Justicia lo deje con prisión efectiva, estamos fritos”, finalizó.

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El Gobierno busca sancionar una reforma al Régimen Penal Juvenil para bajar la edad de imputabilidad a 13 años.

GROK IA

Régimen Penal Juvenil: el Gobierno busca crear institutos de detención para menores

El Capítulo 8 del proyecto que impulsa La Libertad Avanza marca los principios generales sobre los que, en caso de ser sancionado, deberá sustentarse la reglamentación e implementación por parte del Poder Ejecutivo Nacional. En ese sentido, plantea que el adolescente detenido «deberá ser alojado en un instituto adecuado de detención», separado de la sección de los adultos.

El establecimiento carcelario debe ser adecuado para el tratamiento de menores y contar con personal especializado en el trato con jóvenes en conflicto con la ley penal. Además, determina que «deberá ser dirigido por personal capacitado», aunque no especifica el tipo y nivel de capacitación.

Cada lugar de alojamiento estarán regidos por una serie de reglas. Por un lado, ningún adolescente imputado o condenado podrán tener contacto con personas detenidas mayores de edad. Recién podrán ser trasladados a establecimientos penitenciarios para adultos una vez que alcance la mayoría de edad y mientras aún no hubiere concluido la pena establecida.

También remarcan que los lugares de detención de adolescentes deberán contar, en lo posible, con módulos separados organizados en base a una serie de criterios. Se mencionan por un lado las características personales y condiciones de salud del detenido, su edad (debiéndose procurar el respeto de las franjas etarias), la identidad cultural y educativa y la naturaleza cautelar o punitiva de la privación de la libertad.

Otro aspecto que contempla el proyecto tiene que ver con la atención médica, psicológica y psiquiátrica de los detenidos. En ese sentido, deberá garantizarse «el acceso a asistencia médica y psicológica a cargo de profesionales de la salud especializados en adolescentes».

Asimismo, aclaran que, en caso de que el menor deba ser atendido fuera del establecimiento, solo «el tribunal competente podrá autorizar las salidas» del lugar de detención, a menos que existan condiciones «de urgencia» que también deberán ser notificadas al juzgado.

El proyecto también refiere a las características de la detención, la cual deberá tener una serie de objetivos. Se deberá orientar a la educación del adolescente, pero también apuntará a brindar formación, ambos puntos enfocados en la «resocialización y reinserción social del adolescente».

El artículo 31 pone énfasis sobre las actividades a las que deberá poder acceder el adolescente para formarse y capacitarse con miras a una salida laboral futura. «El adolescente privado de la libertad tendrá derecho a recibir formación y capacitación laboral a fin de lograr una futura inserción social y laboral», señala.

Aclaran que deberá brindarse «en lo posible» una «amplia oferta de cursos y talleres» que le permitan elegir entre aquellos de acuerdo con sus intereses y capacidades.





Fuente: Ambito

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