Reglamentan el uso forense de datos genéticos vinculados con la investigación criminal


3 de octubre 2025 – 07:43

El Gobierno puso en marcha la nueva reglamentación de la Ley 26.879 y transfirió al Ministerio de Seguridad la gestión del Registro Nacional

El Poder Ejecutivo aprobó este viernes la nueva reglamentación de la ley 26.879, que regula el funcionamiento del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal, y dispuso que el Ministerio de Seguridad sea la autoridad de aplicación. La medida, publicada en el Boletín Oficial bajo el Decreto 709/2025, reemplaza la reglamentación vigente desde 2017 y define el procedimiento para designar a las autoridades del organismo.

El Registro Nacional de Datos Genéticos fue creado por la Ley 26.879 con el objetivo de contribuir al esclarecimiento de hechos bajo investigación judicial, en particular mediante la individualización de los presuntos autores de delitos, la desvinculación de personas ajenas y la localización de personas extraviadas, desaparecidas o fallecidas. El sistema funciona a partir del análisis de perfiles genéticos obtenidos mediante estudios de ADN y provenientes de laboratorios debidamente acreditados.

De acuerdo con la normativa, el Registro debe almacenar y sistematizar los perfiles genéticos de evidencia recolectada en escenas del crimen, de personas imputadas, procesadas o condenadas, así como también de cadáveres no identificados, familiares de desaparecidos y personal judicial o de fuerzas de seguridad que intervenga en investigaciones penales. También se permite la incorporación voluntaria de patrones genéticos de mayores de edad.

El decreto señala que el avance científico y tecnológico de los últimos años permite reforzar el marco normativo vigente con altos estándares de seguridad, confidencialidad e interoperabilidad entre jurisdicciones, además de garantizar el respeto a los derechos fundamentales y la transparencia en el tratamiento de datos sensibles.

La reglamentación establece que el almacenamiento de la información genética debe realizarse bajo estricto secreto, de forma separada de los datos filiatorios de quienes aportan las muestras, en línea con las disposiciones del Convenio para la Protección de las Personas respecto al Tratamiento Automatizado de Datos Personales, aprobado en Estrasburgo y vigente en la Argentina.

Asimismo, se aclara que el sistema informático del Registro debe garantizar la trazabilidad del acceso de los funcionarios autorizados y la administración segura de los perfiles genéticos. El organismo, además, promoverá el intercambio de información con registros provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires, con el fin de optimizar su eficacia en las investigaciones criminales.

En relación con su funcionamiento, el decreto dispone que el cargo de Director del Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal será cubierto mediante un concurso público de oposición y antecedentes, que deberá realizarse en un plazo máximo de 120 días hábiles. Mientras tanto, el Poder Ejecutivo podrá designar un director interino con experiencia en genética forense.

El director del organismo percibirá una remuneración correspondiente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel II del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).

La medida también establece que el Ministerio de Seguridad deberá adoptar los lineamientos técnicos necesarios para incorporar al nuevo Registro la información proveniente del anterior Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual, creado en 2013.

El Decreto 709/2025 lleva la firma del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Guillermo Francos y la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.





Fuente: Ambito

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