El gobernador sanjuanino Marcelo Orrego presentó este jueves en la Legislatura un proyecto de ley para modificar el Código Electoral. Busca eliminar la ley de Lemas e incorporar un sistema de boleta única. «San Juan merece un sistema electoral moderno, justo, limpio y transparente», afirmó.
«Como prometimos en campaña, hemos presentando un proyecto, que: deroga la Ley de Lemas, símbolo de un sistema obsoleto y engañoso para los electores. Incorpora la Boleta Única de Sufragio, para terminar con el voto cadena y las malas prácticas. Limita la reelección indefinida de diputados. Da claridad y moderniza los procesos electorales», sintetizó Orrego en su cuenta de «X».
«San Juan merece un sistema electoral moderno, justo, limpio y transparente. Confío en que los legisladores acompañarán este proyecto que tanto merecen los sanjuaninos«, cerró.
Fin de la ley de Lemas y nuevo modelo de boleta
Esta propuesta deroga la Ley 2348-N, elimina el Sistema de Participación Ciudadana (SIPAD) y la Ley de Lemas. La normativa fue aprobada en 2021y permite a una agrupación presentar varias subagrupaciones, es decir, postular varias listas para el mismo cargo. Finalizada la jornada electoral, la más votada de cada partido se lleva los sufragios del resto.
La iniciativa de Orrego suprime esta legislación y en su lugar propone ir hacia una elección interna de cada partido como modo de selección de candidatos. Los comicios podrán ser cerrados o abierto, dependiendo de la elección de cada partido, alianza, frente o confederación. «En el caso de elecciones internas abiertas podrán votar todos los ciudadanos que lo decidieran, siempre que no se encuentren afiliados a otros Partidos«, señala el proyecto.
Además, entre las iniciativas planteadas por el gobernador se incorporaría la utilización de la Boleta Única de Sufragio. El objetivo es «poner fin al voto cadena y a otras malas prácticas electorales». También permitiría reducir el costo de impresión de las boletas y garantizar el principio de igualdad entre candidatos.
De acuerdo al proyecto, La Boleta Única de Sufragio «estará dividida en filas horizontales de igual dimensión para cada partido, alianza, frente o confederación política que cuente con listas de candidatos oficializadas y registradas ante el Tribunal Electoral Provincial». Además, indica que los espacios asignados en la BUS «deben ser idénticos, incorporando simétricamente las figuras o símbolos partidarios, que previamente hubieran sido autorizados por el Tribunal Electoral Provincial y, en su caso, la fotografía de los candidatos».
Limitación de reelección indefinida de diputados provinciales
Por otro lado, se limita la reelección indefinida de los diputados departamentales y por el sistema de representación proporcional. Respecto a los primeros, propone lo siguiente: «Cada uno de los diecinueve (19) departamentos en que se divide el territorio de la provincia elegirá a su respectivo representante a simple mayoría de sufragio, para lo cual se considerará a cada departamento como distrito electoral único. Los legisladores pueden ser reelegidos en forma consecutiva sólo por dos períodos. Si han sido reelectos pueden ser nuevamente candidatos mediando un intervalo mínimo de un período».
Para el caso de los diputados por el sistema de representación proporcional señala: «En la misma oportunidad de la elección de los diputados departamentales se elegirá, por el sistema de representación proporcional, tomando a la provincia como distrito electoral único, un diputado cada cuarenta mil (40.000) habitantes. El número de habitantes que determina el de diputados es el del último censo oficial nacional o provincial legalmente practicado. Los legisladores pueden ser reelegidos en forma consecutiva solo por dos periodos. Si han sido reelectos pueden ser nuevamente candidatos mediando un intervalo mínimo de un periodo», reza el texto.