
En sintonía con la acusación, respaldó el pedido de pena también bajo el delito de asociación ilícita contra la expresidenta y cuestionó el fallo de la Cámara de Casación.
Tal como se esperaba, la Procuración General remitió su dictamen a la Corte Suprema con el pedido para elevar la condena a los imputados en el caso Vialidad. Ratificó así la postura del Ministerio Público Fiscal que se agraviaba de que ni en el juicio oral ni en la revisión de la Cámara de Casación se incluyera el delito de asociación ilícita por el que habían acusado a Cristina Kirchner.
Con la firma del procurador interino Eduardo Casal se quejó de que la Cámara de Casación hubiese ratificado las absoluciones por asociación ilícita, tal como lo había hecho el Tribunal Oral Federal N°2. Para eso, abundó en cuestiones técnicas durante el primer tramo del escrito por los cuales consideraba que no había sido correcto el enfoque que rechazó la aplicación de esa figura. El caso ahora cuenta con todos los elementos para que la Corte Suprema pueda resolverlo, aunque sin plazos.
Aseguró que la decisión de los camaristas Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky -que conformaron la mayoría- con el voto minoritario de Gustavo Hornos había sido «arbitraria» y que el rechazo del recurso extraordinario se había hecho con «afirmaciones dogmáticas». Las defensas también cuestionaron el fallo de Casación y acudieron a la Corte para solicitar absoluciones.
«El fiscal general explicó, con toda razón, que no hay, en cambio, ninguna justificación para acudir a ese artificio cuando de lo que se trata aquí es de la adjudicación fraudulenta de cincuenta y un contratos de obra pública dentro de un esquema comprobado de corrupción», afirmó en su escrito de 13 carillas. «Contrariamente a lo que estableció el a quo, que efectivamente la organización haya concretado un solo plan no es incompatible con la figura de la asociación ilícita, cuya configuración no depende de ejecución alguna», concluyó.
También acompañó Casal el reclamo por la absolución de Julio De Vido, Abel Fatala y Héctor Garro a los que señaló por actos administrativos o funciones de contralor sobre Vialidad Nacional.
«Una vez más, la sentencia se limitó a reproducir los argumentos del tribunal oral, sin dar una respuesta concreta a los agravios del apelante que demostraban que el intrincado sistema burocrático expuesto en el juicio no logró cohonestar el hecho —probado por numerosas pruebas y circunstanciales justamente valoradas por la acusación conforme a las máximas de la experiencia y el sentido común— de que De Vido no sólo adaptó su contribución a un plan criminal en curso que conocía a la perfección —descartando así toda posible consideración de su conducta como neutral o dentro del riesgo permitido—, sino que más bien fue uno de sus principales organizadores», señaló el dictamen al que accedió Ámbito ,que no es vinculante.
Apuntó, a su vez, que no se pudieron utilizar testimonios de «arrepentidos» de la causa Cuadernos para incorporar a este juicio y reiteró que estaba en desacuerdo con el monto del decomiso.
Ahora todo el caso para a estar integrado para que la Corte Suprema pueda tomar una decisión final sobre la causa, para lo cual no cuenta con plazos prefijados.