Accidentes de trabajo: el Tribunal Superior de Justicia estableció que corresponde aplicar el RIPTE en las indemnizaciones


El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (TSJ) sentó doctrina al dictar la primera sentencia revocatoria en un caso derivado de la justicia nacional laboral tras el fallo Levinas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Esta medida fija su postura sobre los intereses aplicables en juicios por accidentes laborales. En el caso Boulanger c/ Provincia ART, originado por un accidente de trabajo en 2023, el máximo tribunal porteño revocó una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

Esta había dispuesto que los intereses se calcularan según el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER). En primera instancia, el cálculo se había hecho con la tasa activa del Banco Nación.

El Tribunal Superior de Justicia aplicó el RIPTE tras fallo Levinas

Al respecto, el TSJ resolvió que corresponde aplicar lo establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia 669/2019, que dispone la actualización de los créditos laborales mediante el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

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El TSJ de CABA trató un caso derivado de la justicia nacional laboral tras el fallo Levinas de la Corte Suprema de Justicia.

Con esta decisión, el Tribunal sentó un precedente que impactará directamente en la forma de calcular las indemnizaciones por accidentes de trabajo, en adelante.

Este fallo marca el inicio de una nueva etapa en la jurisprudencia laboral porteña, al ser el primero en lo laboral, posterior al fallo en la causa «Ferrari, María Alicia c/ Levinas, Gabriel Isaías s/ incidente de incompetencia».

Cabe recordar que la Corte Suprema reconoció la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad como instancia revisora de las decisiones de los tribunales nacionales con asiento en su territorio.

La Corte Suprema ratificó la prisión de José Alperovich, condenado a 16 años por abuso sexual

La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso extraordinario interpuesto por la defensa de José Alperovich y ratificó la decisión de mantener la prisión del exgobernador de Tucumán, quien fue condenado a 16 años de prisión por abuso sexual agravado.

El máximo tribunal, con la postura unánime de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, declaró inadmisible el planteo de la defensa, dejando firme la resolución de tribunales anteriores que ya habían rechazado su excarcelación. Con esta medida, se confirma la vigencia de la sentencia que establece su encarcelamiento.





Fuente: Ambito

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