Falta de cinturón: la contravención más recurrente del primer semestre de 2025


El Ministerio de Gobierno, a través de su Secretaría de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, informó las cifras de la labor del Juzgado de Faltas de Primera Nominación de la provincia, destacando que cerca del 30% de las contravenciones ingresadas pertenecen a faltas de tránsito, y en este aspecto la que más resalta es la falta de cinturón de seguridad en conductores de vehículos.

En el período abarcado entre los meses enero y mayo del 2025, se computaron un total de 7925 contravenciones, de las cuales 2330 representan infracciones de tránsito. De este apartado, la más recurrente es la falta de cinturón de seguridad en automovilistas, aunque también se presentan números altos en otras infracciones tales como irregularidades en la licencia de conducir o el seguro, uso indebido del celular en el momento de la conducción o falta de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) en los vehículos.

Del informe se desprende además que las actas más comunes del número general se deben a comportamientos que incurren en los artículos 117° y 118° del Código de Faltas de la Provincia Ley 941-R.

El total categorizado de contravenciones entre enero y mayo del 2025 es el siguiente:

  • Total contravenciones: 7925
  • Infracciones de tránsito ingresadas mediante Policía de San Juan: 2330
  • Infracciones generales previstas en el Código de Faltas y Ley 687-P: 5507
  • Infracciones ingresadas por División Leyes Especiales: 27
  • Infracciones ingresadas por División Policía Ecológica: 12
  • Infracciones ingresadas por Ministerio de Salud Pública (artículos 98, 99, 113, 162, 163, 166 y Ley 941-R): 4
  • Infracciones ingresadas por Secretaría de Estado de Ambiente (artículos 98, 99, 167, 169, 206 y ley 941-R): 7
  • Infracciones ingresadas por OSSE: 38

¿Cómo se tramitan las contravenciones por parte de los infractores?

Las contravenciones son ingresadas por Mesa de Entrada del Juzgado de Faltas, se evalúan y a posterior las personas infractoras son citadas. La resolución de estas faltas es por pago voluntario por presentación espontánea, o por resolución en caso de no aceptar un pago voluntario.

Infracciones de Tránsito
En este caso, el infractor tiene que dirigirse personalmente por el Juzgado para poder dar inicio al expediente.

Para todo tipo de contravenciones, en caso de que el acusado no se presente al momento de ser citado, se realiza una orden de comparecencia por la fuerza pública.





Fuente: sisanjuan.gob.ar

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