El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció un plan de retiros voluntarios en la administración pública porteña que estará enfocado en el personal de planta permanente de la Carrera de Administración Pública. Desde y hasta cuándo estará vigente, quiénes podrán adherirse y cuáles serán los requisitos.
Tal como anticipó Ámbito, mediante el decreto 83 publicado este viernes con la firma de Jorge Macri, Gustavo Arengo -ministro de Hacienda-, y el jefe de Gabinete, Gabriel Sánchez Zinny, CABA habilita la creación del Régimen de Retiro Voluntario.
El plan contempla el pago de una compensación no remunerativa que se determinará en base a la remuneración neta, mensual, normal y habitual que perciba el trabajador o trabajadora al momento de su baja.
Podrá solicitarse su adhesión a partir de marzo y hasta el 31 de mayo de 2026, aunque podría prorrogarse en caso de que lo disponga la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y Finanzas.
Requisitos para acceder al retiro voluntario de CABA
De acuerdo al texto oficial, podrán acceder empleados de la Carrera de Administración Pública del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Pero el esquema tendrá requisitos. Por ejemplo, solo se aceptarán a quienes tengan 45 años de edad o más, cuenten con un mínimo de cinco años de antigüedad y registren al menos un año en calidad de trabajador de planta permanente.
El monto que percibirá quien adhiera al plan se abonará «en cuotas mensuales y consecutivas» durante un plazo máximo «de hasta cuarenta y ocho (48) meses». En el cálculo se excluirán el Sueldo Anual Complementario, o aguinaldo, así como «todo concepto de frecuencia de pago no mensual».
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Quiénes quedarán afuera del retiro voluntario de CABA
Al mismo tiempo, el régimen pone restricciones. No podrán acceder aquellos trabajadores y trabajadoras «comprendidos en plantas consideradas críticas», según lo establezca la reglamentación final. El gobierno porteño se reserva la posibilidad de rechazar la solicitud de adhesión «cuando existan razones de servicio, causales de naturaleza disciplinaria u otras que hagan aconsejable adoptar tal temperamento».
En el decreto se explicita que tampoco podrán adherirse «trabajadores y trabajadoras que, al 31 de diciembre del 2026, cuenten con sesenta y cinco (65) años de edad o más y cumplan con los requisitos necesarios para obtener el beneficio jubilatorio». Además, quedarán excluidos quienes cuenten con un sumario administrativo por causales que pudieran ameritar una sanción expulsiva, hubiera iniciado reclamos o demandas judiciales al GCBA.
Qué dice el plan de retiros voluntarios de CABA sobre jubilados
El Régimen impulsado por Macri también aclara que ocurrirá en caso de que el trabajador obtuviera el beneficio jubilatorio mientras se encontrare acogido al Régimen. En ese caso, si el haber jubilatorio mensual fuera inferior al monto fijado para el incentivo, el incentivo se reducirá a la diferencia entre dicho monto y el haber jubilatorio. Además, si el haber superara el monto fijado para el incentivo, «cesará el derecho a su percepción».
A su vez, quienes hubieran accedido al Régimen y alcancen 65 años durante la percepción del incentivo, seguirán percibiéndolo pero con un plazo máximo de hasta doce (12) meses, siempre y cuando no se supere el máximo de 48 cuotas mensuales.
Por otro lado, también limita la posibilidad de volver a postularse para un puesto en el GCBA. La desvinculación impedirá su reingreso bajo cualquier tipo de modalidad en la administración porteña hasta que hubieran transcurridos al menos 5 años.
